Solicitudes: del 11 al 30 de septiembre de 2015
El 10 de septiembre de 2015 se publica en el BOCYL la Orden EDU/737/2015, de 1 de septiembre, por la que se convocan ayudas para el alumnado que curse enseñanzas de bachillerato, formación profesional o enseñanzas artísticas en determinados centros de la Comunidad de Castilla y León, en el curso 2015-2016.
Estas ayudastienen como destinatario al alumnado que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones académicas:
- Que curse las siguientes enseñanzas en centros de la Comunidad de Castilla y León:
- Bachillerato.
- Formación profesional, que incluirá los ciclos de Formación Profesional Básica y los ciclos formativos de grado medio y de grado superior.
- Que curse las enseñanzas que a continuación se detallan en los siguientes centros de la Comunidad de Castilla y León:
- Enseñanzas artísticas, elementales, profesionales o superiores en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación.
- Enseñanzas de arte dramático, en la Escuela Superior de Arte Dramático de Castilla y León.
- Enseñanzas elementales o profesionales de danza, en la Escuela Profesional de Danza de Castilla y León.
- Estudios superiores del vidrio en la Escuela Superior del Vidrio de la Real Fábrica de Cristales de La Granja.
Las modalidades de las ayudas son las siguientes:
- Ayuda variable. Se concederá en función del intervalo de porcentajes del umbral máximo de renta familiar establecido en el apartado séptimo.1 de la Orden en el que se encuentre encuadrada la renta de la unidad familiar del solicitante, conforme a la siguiente relación:
- Menor o igual al 25% del umbral máximo de renta familiar: 450 euros.
- Superior al 25% e inferior o igual al 50% del umbral máximo: 350 euros.
- Superior al 50% e inferior o igual al 75% del umbral máximo: 250 euros.
- Superior al 75% e inferior o igual al 100% del umbral máximo: 200 euros.
- Ayuda fija ligada a la residencia. Se podrá recibir por quienes además de ser beneficiarios de la ayuda variable necesiten residir, por razón de los estudios, durante el curso escolar en lugar distinto al domicilio familiar y cumplan los requisitos que establece el apartado octavo para esta modalidad de ayuda.No podrá optar a esta modalidad de ayuda el alumnado que curse estudios de Formación Profesional Básica. Las ayudas por este concepto ascenderán a 1.500 euros. En ningún caso el importe de esta ayuda será superior al coste real del servicio.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los solicitantes que cumplan los requisitos generales, académicos y económicos, establecidos en los apartados quinto, sexto y séptimo de la Orden, respectivamente.
La solicitud podrá presentarse por alguno de los siguientes medios:
- De manera presencial, preferentemente en la secretaría del centro donde cursen sus estudios, durante el curso 2015-2016, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Por telefax, en los términos y con los requisitos exigidos por el Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que se regula las transmisiones por telefax para la presentación de documentos en los registros administrativos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y se declaran los números telefónicos oficiales, en la Oficina Departamental de Información y Atención al Ciudadano, al número de telefax 983 411050.
- De forma electrónica. Para ello, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico, o de cualquier certificado electrónico que haya sido previamente reconocido por esta Administración y sea compatible con los distintos elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.
Las entidades prestadoras del servicio al que se refiere el párrafo anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada publicada en la web de la Junta de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).Los interesados que dispongan de los medios indicados podrán cursar sus solicitudes, junto con el resto de la documentación que se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud, a través del Registro Electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, sin perjuicio de la posibilidad de requerir al particular la exhibición del documento o información original, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
El plazo para la presentación de solicitudes comprenderá desde el 11 hasta el 30 de septiembre de 2015, inclusive.
En el apartado «Ficheros disponibles» se puede descargar el formulario de solicitud y el anexo de deducciones de la renta familiar, y en el apartado «Información relacionada» se puede descargar la Orden de convocatoria y las bases reguladoras.
Esta información también está disponible en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León:
Ficheros disponibles