EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO Y AUTOEMPLEO JOVEN, AÑO 2019

BDNS (Identif.): 443583
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL
EMPLEO Y AUTOEMPLEO JOVEN, AÑO 2019.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index):

PRIMERO. Beneficiarios.
Jóvenes con edades comprendidas entre 18 y 36 años, ambas incluidas.
SEGUNDO. Finalidad.
Se fijan dos líneas de subvención: la primera para el desarrollo del programa “Fomento del Empleo Juvenil”, con las modalidades “Plan Primera Oportunidad Jóvenes” y “Fomento de la contratación”, y la segunda para el desarrollo del programa “Emprende una nueva actividad económica”, que a su vez incluye las modalidades A, para gasto corriente, y B, para gasto de inversión, con tres submodalidades: “Programa Emprende”, “Programa Emprende Sector Tecnológico”, y “Programa Traspasa”.
TERCERO. Bases reguladoras.
Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid (B.O.P. de la Provincia de Valladolid de 6 de marzo de 2006).
CUARTO. Cuantía.
*Cuantía total: 450.000,00 euros.
*Cuantía máxima por beneficiario: depende de la línea y modalidad (base tercera de la
convocatoria).
QUINTO. Plazo de presentación de solicitudes.
Hasta el 5 de septiembre de 2019, incluido.
SEXTO. Otros datos de interés.
-Gastos y periodos subvencionables: los previstos en la base quinta de la convocatoria.
-Compatibilidad: sí, sin perjuicio de lo establecido en la base sexta de la convocatoria.
-Solicitudes: por los cauces habituales.
-Documentación: la prevista en la base novena de la convocatoria.
-Criterio de valoración: población del municipio donde se desarrolla la actividad económica, priorizando los más pequeños frente a los mayores.
-Resolución: convocatoria abierta con resoluciones parciales en los meses de julio y octubre de 2019 (y si procede una tercera resolución en noviembre o diciembre de 2019).
-Forma de pago: pago anticipado a justificar del 60% de la subvención, sin necesidad de garantía, para gasto corriente.
-Forma de justificación: mediante la presentación de la documentación prevista en la base décimo novena de la convocatoria.
-Plazo máximo de justificación: 2 meses desde que finalice el periodo subvencionable
(LÍNEA 1 y LÍNEA 2, modalidad A), o hasta el 15 de diciembre de 2019 (LÍNEA 2,
modalidad B).

Valladolid, 15 de febrero de 2019.- El Presidente.- Fdo.: Jesús Julio Carnero García



Para ampliar cualquier información pueden pasarse por la oficina del emprendedor en Diputación de Valladolid Palacio de Pimentel C/ Angustias, 44 o llamar al teléfono 983 47 47 47.

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