De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index)
Primero.
-Beneficiarios. Mujeres que cumplan los siguientes requisitos a la fecha de presentación de la solicitud: Estar empadronadas en algún municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes, desde, al menos, el 1 de enero de 2016.
Que hayan nacido entre el 1 de enero de 1956 y el 1 de enero de 1998. Que los ingresos anuales de la unidad familiar a la que pertenezca no superen la cuantía equivalente a 1,2 veces el IPREM anual, incrementada, en el caso de que la mujer forme parte de una unidad familiar o de convivencia, en un porcentaje por cada miembro adicional (20% por el primer miembro, 10% por el segundo y 5% por el tercero y siguientes) hasta un límite máximo del 1,8 del IPREM anual por unidad familiar.
Segundo.-Objeto. Facilitar el acceso al mercado laboral y la conciliación de la vida personal y familiar de las mujeres de la Provincia que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.
Tercero.-Bases reguladoras. Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid (B.O.P. de la Provincia de Valladolid de 6 de marzo de 2006).
Cuarto.-Cuantía. Cuantía total: 25.000 €. Cuantía por solicitante: no superará la cantidad de 750 euros, salvo lo dispuesto en la Base decimo segunda.
Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes. Un mes a contar desde la publicación del presente extracto en el B.O.P. de la provincia de Valladolid.
Sexto.-Otros datos de interés. -Actividades subvencionables: Serán subvencionables los gastos necesarios para obtener el permiso de conducir (coste del certificado médico de aptitudes psicofísicas facturado por un Centro oficialmente reconocido, matrícula y gastos por la recepción de clases teóricas o clases prácticas facturados por una Autoescuela convenientemente acreditada) siempre que se refieran al ejercicio 2016.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID cve: BOPVA-A-2016-01128 Martes, 15 de marzo de 2016 Núm. 62 sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL organismo: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID Pág. 9 Boletín oficial de la Provincia de valladolid Núm. 62 Martes, 15 de marzo de 2016 Pág. 9 Podrán aceptarse además, los costes de renovación de tasas de la Dirección General de Tráfico por la obtención del permiso de conducción de cualquier clase, previa realización de exámenes o por canje que requiera la realización de pruebas prácticas de conducción.
Compatibilidad: Sí Solicitudes: se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Valladolid, conforme al modelo que se incluye como Anexo I, y se presentarán directamente en el Registro General de la Diputación Provincial o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común (LPAC). También podrán presentarse vía telemática en la ventanilla virtual de la Diputación de Valladolid (http://www.ventanilla.diputaciondevalladolid.es).
Documentación: A las solicitudes deberá acompañarse la siguiente documentación:
a)-Fotocopia del DNI/NIE de la solicitante.
b)-Fotocopia del Libro de Familia.
c)-Certificado o volante de empadronamiento colectivo. Documento de bastanteo bancario, según modelo que se acompaña como Anexo II.
En el caso de que la solicitante sea víctima de violencia de género, y a efectos de dar preferencia a su solicitud conforme a lo dispuesto en la base decimo cuarta, será preciso además que acredite esa situación a través de alguno de los siguientes medios a que se refiere el artículo 7 de la Ley 13/2010, contra la violencia de género en Castilla y León.
f)-A efectos de aplicar los criterios de valoración que recoge la Base Décimo Segunda de la convocatoria, será preciso aportar la documentación que se indica en dicha Base.
Forma de pago: a justificarForma de justificación: Las personas beneficiarias deberán presentar la siguiente documentación: Original y copia de las facturas justificativas del gasto realizado. Copia de la transferencia bancaria o documento acreditativo del pago.
Declaración expresa y responsable acerca de si ha obtenido otras ayudas para la misma finalidad, según modelo que se adjunta como Anexo III.
Plazo máximo de justificación: 31 de diciembre de 2016.
En Valladolid, a 11 de marzo de 2016, El Presidente.- Jesús Julio Carnero García