Subvención para mujeres de la Provincia de Valladolid para la obtención del permiso de conducir, ampliación del plazo hasta el 29 de abril de 2016

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index)

Primero.

-Beneficiarios. Mujeres que cumplan los siguientes requisitos a la fecha de presentación de la solicitud: Estar empadronadas en algún municipio de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes, desde, al menos, el 1 de enero de 2016.

Que hayan nacido entre el 1 de enero de 1956 y el 1 de enero de 1998. Que los ingresos anuales de la unidad familiar a la que pertenezca no superen la cuantía equivalente a 1,2 veces el IPREM anual, incrementada, en el caso de que la mujer forme parte de una unidad familiar o de convivencia, en un porcentaje por cada miembro adicional (20% por el primer miembro, 10% por el segundo y 5% por el tercero y siguientes) hasta un límite máximo del 1,8 del IPREM anual por unidad familiar.

Segundo.-Objeto. Facilitar el acceso al mercado laboral y la conciliación de la vida personal y familiar de las mujeres de la Provincia que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.

Tercero.-Bases reguladoras. Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid (B.O.P. de la Provincia de Valladolid de 6 de marzo de 2006).

Cuarto.-Cuantía. Cuantía total: 25.000 €. Cuantía por solicitante: no superará la cantidad de 750 euros, salvo lo dispuesto en la Base decimo segunda.

Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes. Un mes a contar desde la publicación del presente extracto en el B.O.P. de la provincia de Valladolid.

Sexto.-Otros datos de interés. -Actividades subvencionables: Serán subvencionables los gastos necesarios para obtener el permiso de conducir (coste del certificado médico de aptitudes psicofísicas facturado por un Centro oficialmente reconocido, matrícula y gastos por la recepción de clases teóricas o clases prácticas facturados por una Autoescuela convenientemente acreditada) siempre que se refieran al ejercicio 2016.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID cve: BOPVA-A-2016-01128 Martes, 15 de marzo de 2016 Núm. 62 sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL organismo: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID Pág. 9 Boletín oficial de la Provincia de valladolid Núm. 62 Martes, 15 de marzo de 2016 Pág. 9 Podrán aceptarse además, los costes de renovación de tasas de la Dirección General de Tráfico por la obtención del permiso de conducción de cualquier clase, previa realización de exámenes o por canje que requiera la realización de pruebas prácticas de conducción.

Compatibilidad: Sí Solicitudes: se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Valladolid, conforme al modelo que se incluye como Anexo I, y se presentarán directamente en el Registro General de la Diputación Provincial o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común (LPAC). También podrán presentarse vía telemática en la ventanilla virtual de la Diputación de Valladolid (http://www.ventanilla.diputaciondevalladolid.es).

Documentación: A las solicitudes deberá acompañarse la siguiente documentación:

a)-Fotocopia del DNI/NIE de la solicitante.

b)-Fotocopia del Libro de Familia.

c)-Certificado o volante de empadronamiento colectivo. Documento de bastanteo bancario, según modelo que se acompaña como Anexo II.

En el caso de que la solicitante sea víctima de violencia de género, y a efectos de dar preferencia a su solicitud conforme a lo dispuesto en la base decimo cuarta, será preciso además que acredite esa situación a través de alguno de los siguientes medios a que se refiere el artículo 7 de la Ley 13/2010, contra la violencia de género en Castilla y León.

f)-A efectos de aplicar los criterios de valoración que recoge la Base Décimo Segunda de la convocatoria, será preciso aportar la documentación que se indica en dicha Base.

Forma de pago: a justificarForma de justificación: Las personas beneficiarias deberán presentar la siguiente documentación: Original y copia de las facturas justificativas del gasto realizado. Copia de la transferencia bancaria o documento acreditativo del pago.

Declaración expresa y responsable acerca de si ha obtenido otras ayudas para la misma finalidad, según modelo que se adjunta como Anexo III.

Plazo máximo de justificación: 31 de diciembre de 2016.

En Valladolid, a 11 de marzo de 2016, El Presidente.- Jesús Julio Carnero García

ANEXO I carnet conducir

ANEXO II carnet conducir

ANEXO III carnet conducir

 Bases ayudas mujeres carne de conducir 2016

Extracto BOP AYUDAS CARNÉ DE CONDUCIR

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